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El vehículo luxemburgués de titulización: herramienta eficaz para estructurar inversiones y deudas

por | Sep 23, 2023 | Titularización

Liberar el potencial de la titulización en Luxemburgo

En el panorama en constante evolución de los instrumentos financieros, los vehículos de titulización (SV) luxemburgueses han surgido como entidades sólidas, desempeñando un papel fundamental en la diversificación de las carteras de inversión. Estos vehículos de propiedad legal, establecidos por empresas y sus filiales, utilizan capital, ventas y activos líquidos para crear oportunidades de inversión de terceros, al tiempo que salvaguardan a la empresa matriz frente a los riesgos de crédito.

El auge de los vehículos de titulización luxemburgueses

A lo largo de los años, las empresas con sede en Luxemburgo han reconocido la importancia estratégica de los vehículos de titulización (SV) en sus operaciones financieras. Esta tendencia queda ejemplificada por la creciente popularidad de estos vehículos en la región. La reputación de Luxemburgo como potencia financiera se ve reforzada por su próspero sector de titulización y transacciones financieras. Informes recientes indican el registro de aproximadamente 1.000 SV, con expectativas de un mayor crecimiento en un futuro próximo.

Panorama jurídico de la titulización en Luxemburgo

En Luxemburgo, la titulización abarca dos aspectos fundamentales: los pasivos y activos de terceros y el establecimiento de estructuras de capital de mercado clásicas. El pasivo y el activo son instrumentos financieros en poder de terceros o propiedad directa de la empresa, que garantizan tanto el principal como el rendimiento de estos créditos financieros.

Por otra parte, las estructuras clásicas de capital de mercado, garantizadas por los SV, los aíslan de los riesgos de quiebra. Estas estructuras suelen basarse en activos tangibles o carteras diseñadas para garantizar la seguridad. Sin embargo, las carteras de un solo activo suelen considerarse menos arriesgadas que las que implican pasivos de terceros, dada la liquidez y volatilidad inherentes asociadas a los distintos activos en la titulización.

La realización de las transacciones depende de un análisis meticuloso de las posibilidades estructurales. Las recientes modificaciones del marco jurídico han otorgado a las SV una mayor flexibilidad a la hora de adquirir activos, tanto directa como indirectamente, con un importante margen de maniobra en el proceso.

Fuentes de financiación de vehículos de titulización

Los vehículos de titulización en Luxemburgo abarcan una gama diversa de activos financieros, incluidas las acciones del mercado y los bonos de renta variable, asegurándolos contra diversos riesgos relativos a los rendimientos. Los títulos de deuda constituyen una parte sustancial de los instrumentos financieros empleados por las SV, lo que reduce significativamente el riesgo de quiebra y las somete a la legislación extranjera que determina la seguridad de las inversiones.

El Euro Multilateral Trading Facility (Euro MTF ) y la Bolsa de Luxemburgo, que forman parte del mercado regulado europeo, ofrecen plataformas para la negociación de estos instrumentos financieros, tanto a escala nacional como internacional. Además, las SV pueden acceder a la financiación mediante empréstitos o financiación intragrupo, lo que amplía sus recursos financieros y elimina las restricciones que existían anteriormente.

Oportunidades para inversores en Luxemburgo

La inversión en vehículos de titulización (SV) luxemburgueses goza de un entorno flexible y sin restricciones, en el que los inversores admisibles no están sujetos a ninguna limitación legal. Sin embargo, los inversores extranjeros deben conocer la legislación sobre instrumentos financieros que les es aplicable. Esta flexibilidad ha contribuido al atractivo de Luxemburgo como centro de operaciones para las SV.

Creación de un vehículo de titulización en Luxemburgo

El establecimiento de un SV (vehículo de titulización) en Luxemburgo ofrece múltiples vías, entre ellas las sociedades de responsabilidad limitada ( Sàrl), las sociedades anónimas (SA), las sociedades cooperativas (SCOA), la copropiedad de activos, las sociedades colectivas (SNC), las sociedades comanditarias simplificadas o especiales (SCS o SCSp) y las sociedades anónimas emisoras de acciones (SCA). Aunque las sociedades anónimas representan la mayoría de las SV luxemburguesas, algunos inversores pueden preferir la estructura adaptable que ofrecen las sociedades personalistas.

La Ley de Titulización permite la creación de compartimentos separados dentro de un SV, garantizando la separación diferenciada de los activos y pasivos asociados a cada compartimento. Esta segregación concede a los inversores y acreedores derechos y reclamaciones específicos limitados a los activos del compartimento respectivo, lo que proporciona un mayor nivel de protección. Además, esta modificación permite una mayor autonomía en la autorización de los estados financieros y la distribución de beneficios dentro de cada compartimento.

Regulación y obligaciones de información

El entorno normativo para las SV en Luxemburgo se inclina predominantemente hacia la no regulación. Las SV sólo están sujetas a regulación si ofrecen instrumentos financieros al público de forma continua. Sin embargo, la mera cotización de una SV en una bolsa de valores no implica automáticamente que esté preparada para la oferta pública. La clasificación como oferta pública depende de la naturaleza del intermediario que interviene en la distribución.

El cumplimiento de las obligaciones de información es crucial para garantizar la transparencia y el cumplimiento de la normativa.

Régimen fiscal de las SV luxemburguesas

El marco fiscal luxemburgués para las SV es un panorama polifacético que abarca diversos impuestos y consideraciones:

  1. Impuesto de sociedades: Las SV luxemburguesas constituidas como sociedades están sujetas al CIT, con un tipo normal del 18,19%, incluido un recargo de solidaridad del 7%. Sin embargo, una planificación fiscal eficaz puede mitigar esta responsabilidad fiscal mediante deducciones por intereses, dividendos y otros pagos a tenedores de valores o acreedores.
  2. Impuesto sobre el Patrimonio Neto (TNR): Los SV con una proporción sustancial (90% o más) de activos financieros admisibles y efectivo bancario en su balance pueden estar sujetos a un NWT mínimo anual de 4.815 euros. Los SV que no cumplan estos criterios pueden tener que hacer frente a distintos tipos de NWT en función de sus activos brutos totales.
  3. Vehículos fiscalmente transparentes: Algunas estructuras de VS operan como vehículos fiscalmente transparentes, en los que los inversores soportan la responsabilidad fiscal de los ingresos generados en lugar de la propia VS.
  4. Leyes de precios de transferencia: La legislación luxemburguesa en materia de precios de transferencia, en particular los artículos 56 y 56 bis de la Ley luxemburguesa del impuesto sobre la renta, introduce requisitos específicos para las SV, que inciden en sus consideraciones fiscales y en los acuerdos de los convenios.
  5. Impacto de la normativa: Las novedades normativas, como la Directiva contra la elusión fiscal (ATAD) y sus modificaciones (ATAD I y II), así como el Instrumento Multilateral (MLI), influyen en el panorama fiscal de los SV, exigiendo un cumplimiento y una planificación cuidadosos.

Navegar por el régimen fiscal luxemburgués

A pesar del intrincado régimen fiscal, las SV luxemburguesas se benefician de ciertas ventajas, como exenciones de los coeficientes de endeudamiento, que no están definidas explícitamente en la legislación fiscal. Esta flexibilidad permite a los SV optimizar eficazmente sus estructuras fiscales.

En el caso de las operaciones de cartera de inversión, un coeficiente de endeudamiento de 85/15 sirve de puerto seguro para las SOPARFI, lo que se traduce en un aumento potencial de la eficiencia de las SV en comparación con otras estructuras financieras. Además, la amplia red de convenios de doble imposición de Luxemburgo permite a los SV acceder a las directivas y reglamentos de la UE.

Retos normativos y contexto mundial

Las SV luxemburguesas deben hacer frente a la evolución de la normativa internacional, incluida la prueba del propósito principal (PPT), las medidas de limitación de beneficios (LOB) y el impacto del Instrumento Multilateral (MLI). Estas novedades pretenden mantener un equilibrio entre el cumplimiento de las normas fiscales internacionales y la adaptabilidad necesaria para mantener el atractivo de Luxemburgo como destino de las operaciones de titulización.

Entre los elementos que influyen en el éxito de la implantación del TPP figuran la estabilidad política, una mano de obra multilingüe y cualificada, unas directrices creíbles en materia de titulización de activos y una amplia red de convenios para evitar la doble imposición. Esta confluencia de factores garantiza que los SV cumplan los criterios para acogerse a los beneficios del tratado, al tiempo que mantienen la flexibilidad en sus operaciones.

Precios de transferencia y más allá

Las autoridades fiscales luxemburguesas han intensificado su atención a las transacciones con partes vinculadas debido a la evolución de la legislación sobre precios de transferencia. Aunque estas novedades pueden tener implicaciones prácticas limitadas para los SV, subrayan la importancia de las consideraciones relativas al cumplimiento y a los tratados.

En conclusión, las SV luxemburguesas desempeñan un papel fundamental en la diversificación de las oportunidades de inversión, aprovechando un marco jurídico sólido y un régimen fiscal flexible. Navegar por la intrincada red de normativas y dinámicas fiscales internacionales plantea retos, pero también ofrece oportunidades de soluciones innovadoras y planificación financiera estratégica. Mientras Luxemburgo sigue adaptándose a la evolución de las normas mundiales, las SV siguen siendo un componente vital del panorama financiero, ya que ofrecen a los inversores una plataforma segura y versátil para las operaciones de titulización.

Si desea asistencia para establecer su vehículo de titulización en Luxemburgo y navegar por las complejidades de su marco jurídico y fiscal, póngase en contacto con Damalion Luxembourg. Nuestra mentalidad y experiencia empresariales le ayudarán a liberar todo el potencial de su modelo de negocio, garantizando una creación de valor sostenible.

Póngase en contacto hoy mismo con su experto de Damalion para registrar su vehículo de titulización y embarcarse en un viaje de innovación financiera.

Damalion – Luxembourg

El Vehículo de Titulización de Luxemburgo (SV) — herramienta eficaz para estructurar inversiones y deudas: activos elegibles, compartimentos, formatos de emisión, umbrales de supervisión, neutralidad fiscal y una hoja de ruta asesorada desde el alcance hasta la primera emisión.

Para gestores de activos, originadores, family offices, private equity, empresas con capital riesgo e inversores institucionales • Damalion coordina el alcance, la puesta en marcha y la relación con proveedores (AIFM/asesor de cartera, servicios corporativos, depositario cuando proceda). La posición regulatoria y la aceptación quedan a discreción de las autoridades y de los proveedores de servicios.

Última actualización:

¿Por qué usar un SV luxemburgués?

La titulización en Luxemburgo permite aislar riesgos y flujos de caja en compartimentos con separación legal, emitir notas o unidades a inversores y lograr neutralidad fiscal si se estructura correctamente. Elija forma de fondo o sociedad, decida entre supervisado y no supervisado según la oferta pública continua, y defina desde el inicio el conjunto de activos, la cascada de pagos y la pila de servicios. Nosotros coordinamos el diseño y la documentación para que las contrapartes puedan revisar con eficiencia.

Documentos clave y decisiones de diseño

  • Documentos constitutivos: estatutos/reglamento de gestión; términos de compartimento; resolución de emisión.
  • Documentación de oferta: suscripción/IM o term sheet, factores de riesgo, uso de fondos, elegibilidad de inversores.
  • Documentación de la operación: cesión/venta de créditos, contratos de préstamo, garantías, cobertura (ISDA) si corresponde.
  • Pila de servicios: administrador corporativo, agente de pagos/emisor, registrador, (AIFM y depositario si es AIF), auditor, asesor legal.
  • Modelo operativo: incorporación de activos, prioridades de la cascada de pagos, disparadores, frecuencia de informes y KPIs.
  • Fiscalidad y contabilidad: sustancia, precios de transferencia cuando proceda, IVA y retenciones, plan de auditoría.

Opciones de SV de un vistazo

Tema SV en forma societaria (SA/SARL/SCA) SV en forma fondo (FCP)
Personalidad jurídica Sí (entidad jurídica separada) No (copropiedad gestionada por una sociedad gestora)
Compartimentos Sí, separación legal por ley Sí, patrimonios separados
Supervisión No supervisado salvo emisión al público de forma continua Mismo principio; AIFM/Depositario si califica como AIF
Instrumentos emitidos Valores de deuda, notas, acciones preferentes Unidades y/o notas según configuración
Usos típicos Préstamos/créditos, activos reales, NPLs, deuda privada, financiación comercial Estrategias con base inversora y distribución tipo fondo

Implementación guiada por asesor – paso a paso

  1. Alcance y viabilidad. Definir clase de activo, perfil de inversor, formato de emisión, supervisado o no, y pila de servicios.
  2. Constitución de la entidad. Elegir forma jurídica, redactar documentos constitutivos, abrir cuentas bancarias/de valores, registrar compartimentos.
  3. Estructuración de la operación. Preparar cesión/préstamo, term sheet, cascada de pagos, paquete de informes y advertencias de riesgo.
  4. Colocación e incorporación. Ejecutar suscripciones/emisiones, KYC/AML, nombrar agentes y cerrar flujos de pago/liquidación.
  5. Puesta en marcha y seguimiento. Primera incorporación de activos, ejecución de la cascada, NAV/valoraciones periódicas e informes a inversores.

Costes, plazos y umbrales

  • Únicos: constitución/lanzamiento, legal, documentación, listado (si aplica).
  • Recurrentes: administración corporativa, contabilidad/auditoría, agentes, AIFM/depositario si aplica.
  • Plazo desde el paquete completo hasta la primera emisión: normalmente pocas semanas; más rápido para compartimentos sencillos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede constituir un vehículo de titulización en Luxemburgo?
Cualquier persona o empresa lícita puede constituirlo, si supera las comprobaciones de identidad, origen de fondos y finalidad lícita.
¿Necesito una licencia para crear un vehículo de titulización?
La mayoría no requieren licencia si no venden notas al público de forma estable y continua. Si planean hacerlo, el supervisor financiero de Luxemburgo puede exigir aprobación.
¿Qué activos puede mantener el vehículo?
Préstamos, créditos, rentas, regalías y otros derechos que generen flujos de caja. Los activos deben ser lícitos y estar descritos con claridad en la documentación.
¿Puedo mantener proyectos separados?
Sí. Puede crear compartimentos dentro de un mismo vehículo. Cada compartimento tiene sus propios activos, deudas y costes, y queda separado de los demás.
¿Quién dirige el vehículo?
Administradores o gestores. Deben actuar con diligencia, cumplir la ley y los documentos del vehículo y evitar conflictos de interés.
¿Necesito banco depositario o fideicomisario?
Se requieren firmas de servicios como administrador corporativo, banco de cuentas y agente de pagos o emisor. Depositario o gestor de fondos solo si la estructura se configura como fondo de inversión según la ley.
¿Puedo vender notas al público?
Sí, pero las ofertas públicas pueden activar normas adicionales y requerir aprobación del supervisor de Luxemburgo u otros organismos nacionales donde se vendan las notas.
¿Puedo listar las notas en una bolsa?
Sí. El listado es habitual para llegar a más inversores. Implica más divulgación, informes continuos y tasas.
¿Cómo se tratan los impuestos?
El objetivo es que la renta pagada a los inversores sea deducible para el vehículo, de modo que pague poco o ningún impuesto sobre beneficios. Debe obtener asesoramiento fiscal para su caso y cumplir las reglas de sustancia y precios entre vinculadas.
¿Qué advertencias al inversor debo dar?
Advertencias claras, justas y no engañosas. Incluyen riesgo de crédito, mercado, tipos de interés, divisa y liquidez. Use lenguaje sencillo.
¿Qué normas AML/CFT aplican?
Debe verificar identidad de inversores y partes clave, origen de fondos, filtrar sanciones y mantener registros. Informe de actividades sospechosas a la autoridad competente.
¿Cómo se gestionan los conflictos de interés?
Se revelan con antelación y se gestionan. Administradores y proveedores no deben anteponer su interés al de los inversores o del vehículo. Siga los pasos previstos en la documentación.
¿Qué pasa si un compartimento no puede pagar?
Los inversores de ese compartimento asumen la pérdida según la cascada. Otros compartimentos y los activos propios de la sociedad no se utilizan para cubrirla, salvo que la documentación disponga lo contrario.
¿Qué registros e informes se exigen?
Contabilidad fiable, extractos bancarios e informes a inversores con una periodicidad definida. Si las notas están listadas, las reglas de la bolsa añaden más informes.
¿Pueden invertir inversores minoristas?
La mayor parte de las veces estos vehículos se dirigen a inversores profesionales o bien informados. Si se dirige a minoristas, aplican normas estrictas sobre oferta pública, asesoramiento y marketing, y puede requerirse aprobación adicional.
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