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Formación de empresas en Eslovaquia

:
Eslovaquia
Tipo de entidad: Sociedad de Responsabilidad Limitada
(SRO)
Sociedad Anónima
(AS)
Tipo de ley: Código de Comercio eslovaco (Ley eslovaca nº 513/1991, Recop.) Código de Comercio eslovaco (Ley eslovaca nº 513/1991 Coll.)
Disponibilidad de la empresa en la estantería:
Plazo de incorporación: 1 semana 1 - 2 semanas
Tasas mínimas del Gobierno: 150 EUROS 150 EUROS
Impuesto de Sociedades ordinario: 21% 21%
Acceso a los tratados de doble imposición:
Capital social mínimo emitido 5.000 EUROS 25.000 EUROS
Capital social mínimo desembolsado en el momento de la constitución: 750 euros (por accionista) 30%
Número mínimo de Accionistas requeridoUno Un
Acciones al portador No están permitidas No se permite
Accionistas nominales permitidos
Número mínimo de directores Uno Uno
Se permiten los directores de empresas
Se requieren directores locales No No
Se requiere una reunión local
Se necesita un secretario de empresa No No
Juntas Generales de Accionistas Sí, (al menos una junta anual de accionistas) Sí, (al menos una junta anual de accionistas)
Se requiere una sede social local
Control de cambios: No No
Revelación del beneficiario final al Registro de la Empresa Sí (la persona o personas físicas que, en última instancia, poseen o controlan la empresa sujeta a inscripción en el registro mercantil mediante el ejercicio directo o indirecto de la propiedad sobre un porcentaje suficiente del número de acciones o derechos de voto o mediante la participación en el capital de la empresa, respectivamente) Sí, (la persona o personas físicas que, en última instancia, poseen o controlan la empresa sujeta a inscripción en el registro mercantil mediante el ejercicio directo o indirecto de la propiedad sobre un porcentaje suficiente del número de acciones o derechos de voto o mediante la participación en el patrimonio de la empresa, respectivamente)
Registro gubernamental de directores Sí (en el Registro Mercantil de la República Eslovaca) Sí (en el Registro Mercantil de la República Eslovaca)
Declaración anual
Presentación de cuentas Sí (al final de cada ejercicio) Sí (al final de cada ejercicio)
Auditoría No (pero sólo es obligatorio si la empresa supera dos de los tres umbrales siguientes:
1. Volumen de negocios anual superior a 2 millones de euros
2- activos de más de 1 millón de euros
3- más de 30 empleados)
No (pero sólo es obligatorio si la empresa supera dos de los tres umbrales siguientes:
1. Volumen de negocios anual superior a 2 millones de euros
2- activos de más de 1 millón de euros
3- más de 30 empleados)
No obstante, siempre es obligatorio si la empresa cotiza en bolsa)
Cambio de domicilio permitido

Hacemos todo lo posible por controlar el cumplimiento de esta jurisdicción con las últimas normas internacionales establecidas por la OCDE y otras instituciones y países internacionales.

En cualquier momento, Damalion puede rechazar cualquier demanda de los clientes sobre esta jurisdicción, a su entera discreción y sin obligación de proporcionar ninguna razón.

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